El Banco Central de la República Argentina (BCRA) prohibió hoy a las entidades financieras realizar operaciones en criptomonedas ante la falta de un marco normativo que las regule.
«Las entidades financieras no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que ésos registren, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados por el BCRA», indicó la entidad en un comunicado de prensa.
La decisión oficial de la autoridad monetaria se informó luego de que trascendiera que el Banco Galicia ofrecería la posibilidad de acceder a criptoactivos a sus clientes a través de homebanking.
De esta forma, el BCRA excluye a las entidades que están bajo su órbita del negocio de las cripto, que cobra fuerza entre los inversores a partir de la tentación por sus rendimientos y, justamente, la escasa regulación que las impacta.
La entidad a cargo de Miguel Pesce argumentó que la medida «procura mitigar los riesgos asociados a las operaciones con estos activos que podrían generar para las personas usuarias de servicios financieros y para el sistema financiero en su conjunto».
Añadió que «los distintos actores implicados en las operaciones con estos activos pueden no encontrarse establecidos en el país, lo que podría generar apartamientos a la normativa general».
Asimismo, recordó que en mayo de 2021, el BCRA y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores».
En esa publicación, se mencionaron algunos de los riesgos asociados a este tipo de operaciones como por ejemplo «la elevada volatilidad, los riesgos asociados a las disrupciones operacionales y a los ciberataques, al lavado de activos/financiamiento del terrorismo y al potencial incumplimiento a la normativa cambiaria, a la ausencia de salvaguardas e información completa que la regulación vigente prevén para las personas usuarias de servicios financieros y al carácter transfronterizo de las operaciones».