sábado, 30 agosto, 2025.
Clic de Noticias
  • INICIO
  • Política
  • Economía
  • Turismo
  • Sociedad
  • Deportes
  • Provincias
  • Nosotros
No Result
View All Result
  • INICIO
  • Política
  • Economía
  • Turismo
  • Sociedad
  • Deportes
  • Provincias
  • Nosotros
No Result
View All Result
Clic de Noticias
No Result
View All Result
Home Política

LA CORTE AVALÓ LA INSCRIPCIÓN GREMIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO AUTOMOVILÍSTICO

Redacción Clic de Noticias Por Redacción Clic de Noticias
abril 21, 2023
en Política
0
LA CORTE AVALÓ LA INSCRIPCIÓN GREMIAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO AUTOMOVILÍSTICO
4
COMPARTIDAS
39
VISTAS
Compartir en FacebookCompartir en Twitter

La Corte Suprema confirmó un fallo que ordena al Estado Nacional la inscripción como organización gremial del Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Automovilístico, que la entidad venía reclamando por vía judicial desde 2018.

   Los cuatro jueces del alto tribunal, por unanimidad, rechazaron un último recurso presentado por el Estado contra la inscripción del nuevo sindicato.

   La entidad había recurrido a la Justicia «por denegatoria tácita de la inscripción gremial solicitada», que –según denunció- obedecía a «una evidente voluntad política de no dar tratamiento al pedido de simple inscripción, que va en contra del derecho de libertad sindical».

   La representación de los trabajadores del Espectáculo Automovilístico cumplió con la inscripción gremial, presentó toda la documentación requerida, subsanó las observaciones realizadas por la autoridad administrativa del trabajo y satisfizo todas las requisitorias realizadas.

   Pese a ello, nunca les fue concedida la inscripción como organización gremial por el Ministerio de Trabajo y en noviembre de 2020, la Cámara Laboral falló a favor del sindicato.

   «La decisión relativa a si se otorga o no a una asociación sindical la simple inscripción, o inscripción gremial, no es facultativa para la autoridad pertinente, sino que ´cumplidos´ los recaudos formales estipulados por las disposiciones citadas anteriormente, la autoridad de aplicación ´deberá´ proceder a la inscripción», dijeron los camaristas Mario Fera y Roberto Pompa.

   El Estado Nacional, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, parte demandada, mediante un escrito firmado por el abogado Fernando César Ruiz, llegó en «queja» ante la Corte Suprema objetando la decisión de la Cámara en lo Laboral.

  Pero en su último acuerdo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron «inadmisible» la objeción estatal.

   El artículo 22 de la ley de Asociaciones Sindicales establece que «cumplidos los recaudos del artículo anterior, la autoridad administrativa del trabajo, dentro de los 90 días de presentada la solicitud, dispondrá la inscripción en el registro especial y la publicación, sin cargo, de la resolución que autorice la inscripción y extracto de los estatutos en el Boletín Oficial».

Previous Post

LAMMENS Y VIZZOTTI RECORRIERON EL BARRIO MUGICA

Next Post

DOLOR EN EL MUNDO DE LA COCINA: MURIÓ GUILLERMO CALABRESE

Redacción Clic de Noticias

Redacción Clic de Noticias

Next Post
DOLOR EN EL MUNDO DE LA COCINA: MURIÓ GUILLERMO CALABRESE

DOLOR EN EL MUNDO DE LA COCINA: MURIÓ GUILLERMO CALABRESE

Explora por Categoría

  • Deportes
  • Destacada
  • Economía
  • Gremial
  • Internacionales
  • Política
  • Provincias
  • Sociedad
  • Turismo
  • Uncategorized

Acerca de Clic de Noticias

Sitio digital de información y análisis sobre Argentina y el mundo que surge a partir de la necesidad de encontrar una página de noticias con la dosis justa de información y publicidad.

  • Home

© 2021 Clic de Notcias - Noticias a solo un clic. Diseñado por Agencia Masterof.

No Result
View All Result
  • Home 1
  • Home 2
  • Home 3
  • Home 4
  • Home 5
  • Home 6
  • Nosotros
  • Sample Page

© 2021 Clic de Notcias - Noticias a solo un clic. Diseñado por Agencia Masterof.