El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca desistió hoy de la acusación sobre la vicepresidenta Cristina Kirchner en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA con la firma del Memorándum con Irán, luego que se dictara el sobreseimiento a su favor cuando estaba a las puertas del juicio oral y público.
De Luca no sostuvo el recurso de apelación de su antecesor Marcelo Colombo.
Éste último había apelado el fallo del Tribunal Oral Federal 8 que por considerar que no hubo delito sobreseyó a Cristina Kirchner por encubrimiento así como a otros exfuncionarios imputados.
El fallo salvó a Kirchner de afrontar el juicio que estaba aún sin fecha de inicio.
Ahora, la decisión de confirmar o no la decisión del Tribunal está en manos de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa.
«En su momento también argumenté que las supuestas espurias intenciones de hacer cesar o dar de baja a las «alertas rojas» de la Interpol por parte del Gobierno Argentino y de la formación de una llamada «Comisión por la Verdad» para generar una hipótesis investigativa falsa, no podían objetiva ni jurídicamente constituir la «ayuda», del Código Penal, que reprime el encubrimiento personal; ni ningún otro delito», sostuvo De Luca.
«Al no analizarse los elementos de los delitos involucrados, solo se describen hechos de la vida y se conjetura sobre ultraintenciones, como si fuera evidente que el sólo hecho de haber concretado este tratado con una potencia extranjera fuera constitutivo de delito, y se da por sentado que eso es lesivo de la administración de justicia», explicó.
Para el fiscal, la firma del tratado, el cual luego fue declarado inconstitucional, no interrumpió la labor de la Justicia en la investigación sobre los acusados de volar la AMIA.
«La imagen de que el Poder Ejecutivo y el Legislativo, al celebrar y sancionar un tratado, estarían entorpeciendo el trabajo del juez y fiscal de la causa en su etapa de investigación y persecución del crimen, cae en el absurdo lógico de pensar que quienes dictan las reglas (de fondo y de forma), están estorbando a quienes tienen que ejecutarlas», sostuvo.
«Tampoco estamos aquí ante delitos mutilados de varios actos, ni delitos de resultado cortado, que son tipos penales con intenciones internas trascendentes, con ultrafinalidades o elementos subjetivos que exceden al dolo. Es que en la suscripción del Memorándum no hay un segundo acto que quienes lo firmaron se propusieran realizar. Una vez terminado el trato diplomático y su recepción en los respectivos países, todo lo demás dependería de la conducta posterior de terceros», concluyó.
Tras el dictamen, la querella de Luis Czyzewski y Mario Averbuch, familiares de víctimas del atentado a la AMIA, recusaron y pidieron apartar a De Luca.
Paralelamente, los querellantes sí apelaron la decisión del Tribunal Oral 8 el cual había dictado los sobreseimientos de CFK, de Eduardo Zuain, Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil y Allan Bogado.
Ahora, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal deben evaluar si confirman o no la decisión del Tribunal Oral que semanas atrás sobreseyó a todos los acusados por inexistencia de delito.