El Gobierno postergó para octubre la actualización de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, para evitar el impacto de esa medida en la inflación.
Según el decreto 561/2022, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, los incrementos en los montos de los impuestos fijados en la Ley N° 23.966 -sobre combustibles líquidos- que resulten de las actualizaciones correspondientes a 2021 y los primeros tres trimestres de 2022, surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de octubre de 2022, inclusive.
Esos montos deben actualizarse por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, considerando las variaciones acumuladas de ese indicador desde enero de 2018, inclusive.
Pero las variaciones se fueron postergando sucesivamente desde el año pasado, ya que «tratándose de impuestos al consumo y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles», aclaró el Gobierno.
Los incrementos estaban previstos para aplicarse desde mañana, pero el Poder Ejecutivo volvió a postergar su implementación, esta vez por un mes; se trata de la tercera decisión de este tipo en lo que va del año.
Ahora, los incrementos «surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, a partir del 1° de octubre de 2022, inclusive».
Para el Gobierno, la postergación busca «asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios», por lo cual se «posterga hasta el 1° de enero de 2023 los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos establecidos de las actualizaciones del tercer y cuarto trimestres calendario de 2021 y al primer, segundo y tercer trimestres de 2022».