El próximo lunes arrancará en la ciudad de Neuquén el juicio por jurados por el femicidio de la arquitecta María Marta Toledo ocurrido en julio pasado y en el que será juzgado un amigo de la víctima.
Se trata de Rodolfo Fabián Lucini, de 55 años, esposo de una amiga de la víctima, y quien según pudo determinar la investigación, el pasado 29 de julio entre las 13:30 y las 14:30 pasó a buscar a la arquitecta por su casa en una camioneta y un rato después la asesinó.
Tras salir de la casa de Toledo, ambos se fueron en la camioneta Chevrolet del acusado por la Ruta 7 hacia la localidad de Centenario.
Según consta en la causa y según informó el Ministerio Público Fiscal de Neuquén, el imputado manejó hasta la zona del Parque Industrial y luego tomó caminos alternativos hasta llegar a la zona de chacras.
En esa zona detuvo la marcha del vehículo en la calle 4, que es paralela a un canal de riego, y allí golpeó a la mujer con un objeto sólido en la cabeza y en el rostro.
Los golpes le provocaron la muerte y el cuerpo de la víctima fue encontrado dos días después en el interior del canal de riego.
El próximo lunes comenzará el juicio y está previsto que se desarrolle hasta el viernes 16 de abril, y de manera presencial con la aplicación del protocolo sanitario que confeccionó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para este tipo de juicios ante la pandemia de Covid-19.
La audiencia de conformación del tribunal popular se desarrolló en dos jornadas de esta semana, con un total de 50 ciudadanos y ciudadanas.
Luego de realizar la selección, se definió la integración con los diez hombres y las diez mujeres que formarán el jurado: serán doce titulares y ocho suplentes, en igualdad de género.
Se informó que la cantidad de suplentes duplica la habitual porque existe la necesidad de garantizar que el tribunal se pueda integrar ante eventuales contagios previos al desarrollo del juzgamiento.
Lucini, quien permanece detenido desde hace casi ocho meses, será juzgado por el delito de homicidio agravado por femicidio en carácter de autor (artículo 80 inciso 11, y 45 del Código Penal), y en caso de ser encontrado responsable, el delito prevé la pena de prisión perpetua.
Desde el comienzo de la investigación, la principal hipótesis que sobrevuela en la causa es que la víctima le habría prestado al imputado una importante suma de dinero para realizar un negocio que nunca se concretó y nunca se la devolvió.