El Tribunal Oral número 29 resolvió suspender el proceso de juicio oral por homicidio contra Cristian Gabriel «Pity» Álvarez Congiu, el ex cantante de Viejas Locas, y mantenerlo internado bajo tratamiento psiquiátrico en un establecimiento que depende del Servicio Penitenciario Federal.
El tribunal rechazó el sobreseimiento que había pedido la defensa oficial de Álvarez pero resolvió no llevar adelante el juicio oral «hasta tanto el nombrado se encuentre en condiciones psíquicas de afrontarlo».
Entretanto, Álvarez –quien hasta este viernes estuvo detenido por el asesinato de un vecino en julio de 2018- estará alojado «transitoriamente» en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA), que funciona en el Complejo Penitenciario Federal N°1, es decir la cárcel de Ezeiza.
Álvarez estará a disposición del Juzgado Civil número cuatro, «hasta tanto en aquella sede se determine, con la urgencia que el caso amerita, el tratamiento y lugar apropiado para su internación, fuera de la órbita del Servicio Penitenciario Federal, de acuerdo con las patologías que presenta».
En los hechos, Álvarez ya no está preso: el fallo dispuso el «cese de la prisión preventiva».
Tal como indicara NA, un informe elaborado por el Centro de Asistencia Judicial Federal Cuerpo Médico Forense determinó que en el estado psiquiátrico que se encuentra el músico «el estrés que implica enfrentar el proceso agravaría su estado actual».
«Se encuentra orientado respecto de sí y desorientado respecto del espacio: no sabe fecha, día, mes y estación del año. (…) La exploración de la memoria denota fallas parciales.
No recuerda cuanto tiempo estuvo detenido. (…) No tiene interés en tocar la guitarra. Padece trastornos en la alimentación: aumento de apetito y del peso (aumento 30 kg aproximadamente)», describe el reporte.
Ante ese cuadro, el tribunal oral ordenó que «la atención de la salud mental de Álvarez Congiú deberá estar a cargo de un equipo interdisciplinario con la debida acreditación de la autoridad competente, incluyendo las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes».
«La internación debe ser considerada como un recurso terapéutico de carácter excepcional, y únicamente puede mantenerse cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizadas en su entorno familiar, comunitario o social», indica la resolución. La salud de Álvarez será evaluada mediante «informes trimestrales».