Los fiscales de San Isidro acusaron a los médicos Leopoldo Luque y Agustina Cosachov, así como a los demás imputados citados a indagatoria por la muerte de Diego Maradona, que «habiéndose representado el resultado fatal ante el grave cuadro de salud que evidenciaba la víctima y que era perfectamente conocido al menos por todos los profesionales de la salud antes nombrados ejecutaron acciones contrarias al arte de la salud y omitieron realizar los actos específicos que cada uno debía desarrollar en torno a su función, agravando el cuadro de salud».
Así surge de la acusación que fue notificado cada uno de los siete imputados al ser citados por homicidio simple con dolo eventual que tiene una máxima pena de hasta 25 años de cárcel y que indica que los acusados debían haberse representado que Maradona podía morir y nada hicieron para evitarlo.
En el caso de Luque y Cosachov, «asumiéndose frente a los familiares de la víctima como parte del equipo médico tratante y responsables de la salud del nombrado, contrariando las indicaciones de los profesionales de la salud de la Clínica Olivos y de las buenas prácticas clínicas y médicas que debían brindar a la víctima, concretando, de ese modo, el traslado de la víctima el pasado 11 de Noviembre de 2020, pese a no contar con los requerimientos básicos para brindar el tratamiento requerido para el damnificado los que eran plenamente conocidos y avalados por los profesionales de la salud involucrados, donde falleciera tan sólo 15 días después omitiendo proceder a su internación en un centro de rehabilitación adecuado conforme estaban facultados según las leyes vigentes y el cuadro del paciente así lo ordenaba».
«Impidieron que recibiera la debida atención médica que hubiese evitado el deceso, particularmente la referida al campo cardiológico», sostuvieron sobre ellos los fiscales.
Además, junto con el psicólogo Carlos Díaz, también citado a indagatoria, tanto Luque como Cosachov «permitieron que se concretaran las supuestas indicaciones del paciente, quien no se encontraba en condiciones de tomar decisiones, ordenando el retiro de los acompañamientos terapéuticos», algo que ellos mismos declararon en la fiscalía.
Sobre Luque dispararon las peores críticas: «No garantizó su debido seguimiento con controles y estudios cardiológicos, ni convocó especialistas en materia cardiovascular, hepática y renal, conforme su cuadro requería, librando su destino a su suerte. Además, en forma sistemática, ignoró y menospreció los síntomas y signos compatibles con la insuficiencia cardíaca que le eran informados por personas ajenas al equipo médico y que personalmente tuvo la oportunidad de evaluar, circunstancia que no llevó a cabo ni por sí ni por medio de los profesionales».
Sobre Cosachov: «No aseguró la correcta administración de la medicación y psicotrópicos que había indicado a Diego Armando Maradona, desentendiéndose de los efectos adversos -en particular de la Venlafaxina, Quetiapina, Gabapentina, Lurasidona, Naltrexona, Levetiracetam- y eludiendo los controles y/o estudios apropiados a los fines de su evolución, que en el caso de los estudios cardiológicos, clínicos y bioquímicos, implicaban un imperativo ineludible».
Respecto a la acusada Nancy Forlini, Jefa Médica a cargo de la Gerencia de Cuidados Domiciliarios de la empresa Swiss Medical Group S.A, «omitió cumplir con los deberes mínimos a su cargo, entre los que se encontraba, de conformidad al cuadro del paciente, dotar al lugar, del personal de enfermería especializada en salud mental, acompañamiento terapéutico, nutricionista, y de la aparatología adecuada para RCP avanzado».
Mariano Perroni, coordinador de enfermeros de la empresa «Medidom Internaciones Domiciliarias S.R.L.», quien aportaba el personal de esa índole en la internación domiciliaria de Maradona «teniendo pleno conocimiento de lo que se hacía y de lo que no, en especial del manejo de los enfermeros para con el paciente, completó las planillas de las correspondientes atenciones, omitiendo plasmar sus asientos de forma completa y adecuada, consignando deliberadamente información que no se condecía con el real estado y atención médica que Diego Armando Maradona recibía».
Sobre los enfermeros Gisella Madrid y Ricardo Almirón, dijeron que «realizaron chequeos y/o revisaciones deficitarias, ya sea porque no los hacían debidamente o bien porque omitían siquiera ingresar en la habitación. De tal modo, los días previos no pudieron advertir los signos y síntomas compatibles con insuficiencia cardíaca que ya eran evidentes y detectables, siendo que de haber desarrollado su función especifica y acorde a la buena práctica, hubieren posibilitado un correcto abordaje, habida cuenta que fueron los últimos dentro de un deficiente esquema de atención que tuvieron contacto directo con la víctima, cuando ya había comenzado el período agónico previo al deceso, datado al menos, 12 horas antes del fallecimiento».
Todos fueron citados como coautores de homicidio simple con dolo eventual y las indagatorias comienzan el 31 de mayo y finalizan el 14 de junio con Luque, mientras el juez Orlando Diaz decidirá si acepta o no la prohibición de salida del país pedida por los fiscales.