La Cámara Civil condenó hoy al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por una fractura que sufrió una niña en 2016 en una institución escolar, en el horario del recreo.
La demanda fue realizada por los padres en noviembre de ese mismo año y reclamaban una indemnización por los daños y perjuicios que sufrió la niña dentro del establecimiento educativo.
El monto establecido por los daños morales es de un total de $271 mil más los intereses desde el momento del accidente que ocurrió hace 5 años.
Desde la Cámara indicaron que para fijar la indemnización se tuvo en cuenta «la edad de la niña a la fecha del accidente, la incapacidad física que sobrelleva en la actualidad, la inexistencia de un daño psíquico indemnizable, la secuela cicatrizal y la inflación existente en nuestro país».
El hecho sucedió en marzo de 2016 mientras la niña jugaba en el recreo con sus amigos. Cuando realizaba una vertical fue empujada por otro compañero, sin intención, y ambos cayeron al suelo.
A simple vista se pudo notar que la niña tenía una fractura en su muñeca derecha y sus padres aseguraron que el accidente se produjo «ante la negligente actitud de quienes se encontraban al cuidado y supervisión de los menores».
El primer juez que intervino en la causa aseguró que el accidente se produjo por un hecho imprevisible e inevitable que configura el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que prevé la norma referida.
Aquella decisión fue apelada por la defensa con el argumento de que «la demandada no cumplió con su obligación de seguridad».
A su vez, el Gobierno de la Ciudad reconoció que la niña «se accidentó en el patio del establecimiento», pero alegó que «el accidente sufrido al golpearse supera la aptitud normal de previsión que es dable exigir al responsable y es también una consecuencia extraordinaria».
La Cámara Civil, con el voto de los jueces Lorena Maggio, Roberto Parrilli y Claudio Ramos Feijoo revocó el fallo al considerar que el colegio era responsable y condenó al Gobierno porteño a indemnizar a la menor.
«Al mismo tiempo, es menester recordar que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos/as contra todo daño, sea físico, psicológico o moral. El deber de prevención del daño en las escuelas debe concretarse en el cuidado respecto de la seguridad de las instalaciones y los útiles, de la atención a los riesgos propios de la actividad escolar, el cuidado y vigilancia de los y las estudiantes en clase, y fuera de ella, como fue el evento de marras ocurrido en el recreo», argumentó la camarista Maggio.