La Corte Suprema resolvió que el juzgado donde se tramita la sucesión del ex capitán de la Selección argentina de fútbol Diego Maradona, deberá entender en un anticipo de demanda civil que le entabló su ex esposa Claudia Villafañe por la serie de TV «Maradona Sueño Bendito».
«El fuero de atracción procede respecto de las acciones personales promovidas con anterioridad al fallecimiento, como un modo de concentrar ante la sucesión los procesos contra el causante que pudieran afectar la universalidad de su patrimonio», sostuvo la Corte, siguiendo un dictamen del procurador adjunto Víctor Abramovich.
El 3 de abril de 2019, Claudia Villafañe inició una acción judicial reclamando a los productores de la serie y al propio Maradona «que exhiban y entreguen copia del contrato de cesión de derechos y la totalidad de los libretos».
La solicitud respondía a «una acción preventiva y, subsidiariamente, de una acción de reparación de daños y perjuicios que iba a estar dirigida, entre otros, contra su ex marido», quien murió el 25 de noviembre de 2020.
Claudia Villafañe reclamaba «la producción de prueba anticipada y diligencias preliminares» ante la posibilidad de que en los contratos y el contenido de la serie se violara su derecho a la imagen o se menoscabaran características de su persona.
El pedido planteó un conflicto de competencia entre un juzgado civil de la Capital Federal y el Civil y Comercial número 20 de La Plata, donde se tramita la sucesión del astro del fútbol argentino.
El juzgado civil porteño se declaró incompetente porque entendió que Maradona «era sujeto pasivo de las actuaciones, y destacó la existencia de obligaciones contractuales emanadas de un convenio de cesión de derechos de imagen y la eventual intervención que le podrían caber a los herederos y/o al administrador designado en la sucesión».
La Corte le dio la razón, por lo que los eventuales reclamos de Villafañe sobre el patrimonio de Maradona quedarán ahora en manos del juez de La Plata que lleva adelante la compleja sucesión del ex futbolista.