La AFIP prorrogó hasta el 30 de septiembre próximo la eximición de la obligación de registrar los datos biométricos de contribuyentes ante ese organismo, cuyo vencimiento estaba previsto para el martes próximo.
La decisión, que tiene carácter excepcional, permite que los contribuyentes no concurran en forma presencial a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.
En consecuencia, se autoriza la realización de las transacciones digitales que así lo requieran, de acuerdo con la Resolución General 5252/2022, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
«Razones de orden operativo y en atención al objetivo de esta Administración Federal de promover la utilización de canales electrónicos de comunicación que aseguren la celeridad y eficiencia de los servicios que brinda a los contribuyentes y responsables, se entiende aconsejable extender nuevamente la medida antes mencionada hasta el 30 de septiembre de 2022, inclusive», según el texto oficial.
Esta medida comenzó a tomarse en el marco de las restricciones que el Gobierno impuso por la pandemia y fue extendida sucesivas veces.
Los datos biométricos son características físicas o de comportamiento que se utilizan para identificar digitalmente a una persona y de esta forma otorgar acceso a sistemas, dispositivos o datos.
Habitualmente, la registración de datos biométricos se efectúa en cualquier dependencia AFIP, con turno web obligatorio; el personal del ente recaudador efectuará el escaneo del Documento Nacional de Identidad del contribuyente, capturará la huella dactilar, su firma y le tomará una fotografía.