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La CNV lanzó una consulta pública sobre la reglamentación del FAL

Redacción Clic de Noticias Por Redacción Clic de Noticias
agosto 14, 2026
en Economía
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La CNV lanzó una consulta pública sobre la reglamentación del FAL
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La Comisión Nacional de Valores (CNV) lanzó una consulta pública sobre la reglamentación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), en busca de “seguir recibiendo aportes” sobre el mecanismo para realizar contribuciones destinadas a afrontar las indemnizaciones.

La apertura del proceso de Elaboración Participativa de Normas para debatir y perfeccionar el proyecto que dará vida a los Productos de Inversión Colectiva destinados a los Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), se formalizó mediante la Resolución General 1161/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Este nuevo régimen reglamentario se dicta en el marco de la ley de Reforma Laboral, donde los FAL se implementan como un nuevo sistema para atender las obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales, basado en patrimonios de afectación específica integrados mediante contribuciones patronales.

Las empresas deberán canalizar dichos aportes a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF). Estos fondos podrán ser administrados por un banco o una sociedad de bolsa, según lo que decida el empleador.

Los FF y los FCI que quieran ser parte, deberán contar con una trayectoria de al menos 10 emisiones y administrar un patrimonio base de $50 millones de UVA. Además, se fijó un costo máximo del 1% anual sobre el patrimonio administrado, que se devengará a diario.

La normativa preserva la individualización de los aportes. Cada empleador contará con una «Cuenta Individual del Empleador», concebida como un patrimonio separado, de afectación específica, independiente, inajenable e inembargable. En tanto que, dentro del fondo o fideicomiso seleccionado, este patrimonio no será individualizable por trabajador.

Para asegurar la trazabilidad de los aportes, las administradoras deberán asignar a cada cuenta de empleador un ID FAL. Este identificador asociará el CUIT del empleador con la Clave Bancaria Uniforme (CBU) del fondo y su respectivo número de registro FAL.

Las administradoras tendrán la obligación de informar a la CNV las altas y bajas de los ID FAL a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF). Para que las contribuciones mensuales se imputen al mes inmediato siguiente, el ID FAL de la empresa deberá reportarse al regulador a más tardar el día 10 de cada mes o el día hábil posterior.

En caso de que un empleador no registre en tiempo y forma un ID FAL válido, la CNV procederá a una asignación de oficio de un vehículo de inversión elegible, utilizando la información provista por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Las administradoras que deseen resultar elegibles para recibir a estos empleadores asignados de oficio deberán manifestar previamente su voluntad de hacerlo. Una vez concretada la adjudicación por parte de la CNV, la recepción de los fondos será obligatoria para la entidad, salvo causales muy específicas de conflicto.

Al destacar la instancia participativa, el presidente de la CNV, Roberto Silva, sostuvo que «ponemos la propuesta de reglamentación de los FAL en consulta pública porque se trata de un producto nuevo, con características innovadoras y múltiples aspectos operativos”.

Asimismo, agregó que “además de las reuniones que venimos manteniendo con los distintos actores involucrados, consideramos fundamental abrir esta instancia para seguir recibiendo aportes que nos permitan tener la mejor norma posible para estos instrumentos, que pueden convertirse en un claro ejemplo del tipo de inversor de largo plazo que el mercado de capitales argentino necesita para seguir expandiendo su crecimiento”.

Los interesados podrán presentar sus opiniones y propuestas a través del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, dentro del plazo de 15 días hábiles, completando el formulario modelo de la resolución a través del portal institucional de la CNV.

Agencia NA

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