Vencido el plazo que otorgó el TSJ para que Santiago del Estero conteste una resolución de diciembre último de si mantiene o no el reclamo por contaminación de los ríos en la que responsabilizaba a ingenios tucumanos, la provincia gobernada por Gerardo Zamora no se pronunció.
El fiscal general ante la Cámara Federal de Tucumán, Santiago del Estero y Catamarca, Antonio Gustavo Gómez, criticó la acción de amparo presentada hace 10 años por Santiago del Estero en la Corte Suprema de Justicia para que interviniera en un conflicto interjurisdiccional con Tucumán por la contaminación de las Termas de Río Hondo.
«El tiempo transcurrido ha demostrado que las acciones de amparo como las intentadas sólo perjudican a la cuenca de los ríos Sali/Dulce», indicó el fiscal, al ser consultado por el silencio del gobierno de Gerardo Zamora y de la Defensoría del Pueblo santiagueña ante la resolución emitida a fin de año por el Superior Tribunal de la Nación.
Ahí se preguntaba a los actores de la demanda si subsiste el interés en que las causas contenidas en distintos expedientes, que involucran a 11 ingenios/ destilerías tucumanos, continúen en su esfera.
«Siempre estuve en contra de ese recurso de amparo –dijo el funcionario judicial- por cuanto de algún modo justificaba a los empresarios que eran llamados a prestar declaración indagatoria en el marco de los delitos ambientales previstos por el art. 55 y 56 de la ley 24.051».
Y no sólo dice discrepar con eso, sino porque la acción se concentraba en la vinaza cuando la mayor carga contaminante está en los líquidos cloacales y los industriales (ej limón, lixiviados de los basurales, etc)», amplió.
La Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero, que había llevado adelante la demanda, no se hizo eco de la notificación de la Corte por el amparo.
El titular del organismo provincial, Lionel Enrique Suárez, evitó la requisitoria periodística acerca de las actuaciones futuras, silencio que contrastó con las denuncia por irregularidades en el vertido de vinaza, que el año pasado reiteró, contra otro ingenio, por mortandad de peces en una parte del río que contaminó.
El fiscal, sin embargo, enfatizó que en estos casos prefiere las acciones penales ambientales antes que el paraguas de un amparo, porque «acarrea no solo un problema económico a la empresa, sino además lo es para los empresarios que nunca fueron a un juzgado penal y debieron sentarse en el banquillo de los acusados», ejemplificó.
En cuanto al «Acuerdo para la prevención de la contaminación de origen industrial en el Embalse de Río Hondo» entre todas las partes suscrito hace 10 años, admitió no tener «ni idea de si se han hecho relevamientos sobre daños».
Aclaró que, «la acción penal ambiental es para los delitos ambientales un crimen de peligro abstracto, esto es, que no se exige probar ningún daño (ello sería un delito de resultado y por ende perverso, aclaró)».
Según los considerandos de la resolución emitida por la Corte a fin del año pasado, la falta de reclamación en la década transcurrida implicaría dar por cumplidos las metas y plazos establecidos en la cláusula 2 del «Acta Acuerdo entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Provincia de Tucumán, la Provincia de Santiago del Estero y la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santiago del Estero» del 30 de diciembre de 2011.
Involucra, taxativamente a las causas sustanciadas como «Santiago del Estero, Provincia de c/ Compañía Inversora Industrial S.A. y otro s/ amparo ambiental», CSJ 59/2011 (47- S)/CS1 «Santiago del Estero, Provincia de c/ Azucarera Juan M.
Terán S.A. y otro s/ amparo ambiental» y CSJ 60/2011 (47-S)/CS1 «Santiago del Estero, Provincia de c/ José Minetti y Cía. Ltda.
S.A.C.I. y otros s/ amparo ambiental».
Fue la justicia santiagueña la que había dado intervención al Supremo Tribunal de la Nación, con el argumento de que la contaminación con vinaza de la cuenca Salí Dulce se originaba en el sur de la vecina provincia de Tucumán, pero por la bajada del río afectaba a las poblaciones del norte santiagueño.
Se interpreta en ese ámbito, que si se acudió a la máxima instancia judicial del país fue para evitar ser querellantes en las causas penales y porque algún hecho político se debía producir ante la cantidad de denuncias presentadas y la mortandad de los peces y enfermedades causadas en las poblaciones afectadas.
El fiscal Gómez aclaró que todavía «hay muchas causas penales por delitos de contaminación ambiental, algunas de ellas están para realizar el juicio oral y público, en otras hay procesados por estos delitos, en otras se ha tomado declaración indagatoria a los directivos, etc».
Señaló que en más de una oportunidad había querido participar en los encuentros de las autoridades de la Cuenca para exponer la necesidad de avanzar con las causas penales, pero que no obtuvo ninguna respuesta.
Y subrayó «lo mismo ocurre con el Defensor del Pueblo de Santiago del Estero quien podría ser querellante en estas causas penales».
Las camionetas de la provincia que controlaban que la vinaza no se volcara en los ríos y, al menos así debería haber sido, verificar que no contaminaran las napas subterráneas de las cuales las personas extraen agua para beber, venían informando cada tres meses, hasta que el confinamiento por la pandemia del coronavirus interrumpió en 2020 esos recorridos presenciales.
Con el mismo motivo, en ese lapso, el Juzgado Oral Federal de Tucumán, el uno y el dos, mantuvo sin resolver 10 nuevas denuncias penales por contaminación que recibió, por violación a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, presentadas por el Fiscal de Delitos Ambientales (UFIMA).
A juzgar por la investigación preliminar que realizó durante 2017/18 el fiscal Ramiro González (UFIMA) con la que fundamentara las denuncias penales que presentó, el problema original no quedó resuelto.
La secretaria de Política Ambiental en Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Florencia Gómez, declaró a mitad del año pasado, en Santiago del Estero, que «la calidad del agua del Embalse Río Hondo mejoró notablemente, en cuanto a los objetivos de eliminar presencia de vinaza y ceniza, que están plasmados en dicho Acuerdo, del cual nuestro Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es garante».
El tema es sumamente importante, ya que la ley de Biocombustibles había aumentado el porcentaje de bioetanol en la mezcla con las naftas que dan como resultado el llamado combustible verde.
Y en la renovación de la legislación concretada en la última parte de 2021 ese porcentaje de corte se mantuvo.
La mayor destilación de la caña para producir biocombustibles genera, como consecuencia, mayor cantidad de residuos, es decir, de vinaza, cuyo vertido constituye un problema que no termina de ser resuelto.
Actualmente, Tucumán produce cinco millones de m3 de vinaza por año y con ella se desecha el agua potable equivalente al consumo de 270.000 personas.
En la provincia hay 15 ingenios, de los cuales 10 producen bioetanol: en el proceso de destilación, un litro de bioetanol genera 12 litros de vinaza, el residuo sumamente contaminante, que provocó un severo problema de contaminación hídrica en la Cuenca del Río Salí Dulce.